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La defraudación de agua está tipificada y penada como delito en el artículo 255 del Código Penal Español, por lo que la empresa suministradora podría emprender acciones judiciales contra los defraudadores.
La persona que defrauda, además de cumplir la pena que le corresponda por el delito, deberá pagar el consumo defraudado.
Es un delito que afecta a todas las personas usuarias del servicio de agua y provoca incidencias en la continuidad del servicio que prestamos.